Reglamento actualizado de protección contra incendios en industrias: todos los detalles

Reglamento actualizado de protección contra incendios en industrias: todos los detalles

El pasado 4 de marzo se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 164/2025, que aprueba el nuevo Reglamento actualizado de protección contra incendios en industrias. Una norma que no solo deroga al veterano Real Decreto 2267/2004, sino que además moderniza el marco regulatorio adaptándolo a las nuevas necesidades de seguridad. La fecha señalada: el 10 de mayo de 2025, día en que entra en vigor oficialmente y comienza a regir para todo establecimiento industrial de nueva creación.

La pregunta de fondo, y la que todo empresario, técnico o ingeniero industrial debe hacerse, es clara: ¿qué cambia en la práctica? Y, sobre todo, ¿cómo afecta a los equipos de protección contra incendios y a la obtención de licencias de actividad, dos ejes que se convierten en el corazón de la normativa. Porque la teoría está muy bien, pero sin equipos en condiciones y sin licencias en regla, no hay reglamento que valga.

Un reglamento nacido de la experiencia

No es casualidad que el nuevo reglamento vea la luz en 2025. Dos décadas después de aquel 2004 en el que se aprobó el anterior texto, la realidad industrial ha cambiado radicalmente: más automatización, más instalaciones logísticas, más almacenaje de mercancías inflamables y, en consecuencia, más riesgo. Y donde hay riesgo, debe haber regulación clara.

El ámbito de aplicación abarca desde los grandes almacenes industriales hasta los talleres de reparación de vehículos, pasando por actividades auxiliares que, por pequeñas que parezcan, pueden convertirse en un polvorín si no cuentan con la debida prevención. Porque, conviene subrayarlo, lo que está en juego no es solo el patrimonio empresarial, sino vidas humanas.

La importancia vital de los equipos contra incendios

Si hay un punto en el que el reglamento se detiene con especial cuidado es en la necesidad de disponer de equipos de protección contra incendios adecuados y homologados. Hablamos de sistemas automáticos de detección, rociadores, hidrantes, BIES y, por supuesto, del más clásico pero infalible: el extintor portatil. Nada más democrático que un extintor: está al alcance de cualquiera y puede marcar la diferencia entre un susto y una tragedia.

El reglamento incorpora también referencias cruzadas con normas recientes que elevan los estándares de seguridad, como la ITC AEM 1 sobre ascensores o el refuerzo de la normativa sobre instalaciones frigoríficas. Porque un incendio no entiende de sectores: lo mismo puede originarse en una cámara de frío que en una sala de calderas.

Adaptación y disposiciones transitorias

Uno de los capítulos más comentados es el que regula la transición entre la norma antigua y la nueva. Los establecimientos industriales existentes antes del 10 de mayo de 2025 no estarán obligados a adaptarse de inmediato a las nuevas exigencias. Continuarán bajo la normativa anterior, salvo en determinados aspectos que el propio texto legal especifica. Eso sí: cualquier ampliación, modificación o rehabilitación deberá acogerse ya al nuevo reglamento.

Para los que estén en plena obra en la fecha de entrada en vigor, el reglamento concede un plazo de hasta cuatro años para concluir los trabajos bajo el amparo de la norma de 2004. Una especie de “ventana de gracia” para no bloquear proyectos en marcha. Pero cuidado: esa flexibilidad no significa que se pueda dejar de lado la seguridad, sino que se concede un tiempo de adaptación.

Extintores, CO2 y la cultura de la prevención

En el detalle técnico, la normativa enfatiza la idoneidad del equipo según el riesgo de cada actividad. No es lo mismo proteger un taller de soldadura que un almacén de papel. Y aquí aparecen figuras fundamentales como el extintor co2, imprescindible en instalaciones donde el riesgo eléctrico es elevado. El dióxido de carbono apaga el fuego sin dejar residuos y, en ciertos escenarios, se convierte en un aliado insustituible.

Conviene recordar que la protección contra incendios no consiste en acumular aparatos, sino en diseñar una estrategia integral: detección temprana, reacción rápida y medios humanos formados para actuar. Porque de nada sirve tener un arsenal de equipos si nadie sabe utilizarlos o si están caducados.

Licencias de actividad: la otra cara de la moneda

La normativa no se limita a los aspectos técnicos: también subraya la importancia de la licencia de actividad. Una industria sin licencia en regla no solo se expone a sanciones, sino que además compromete cualquier seguro o cobertura legal en caso de siniestro. Y aquí entra en juego un punto delicado: la multa por no tener licencia de actividad. Una sanción que puede superar con creces la inversión necesaria para regularizar la situación desde el principio.

Porque no se trata de un simple trámite burocrático: la licencia es la certificación oficial de que el establecimiento cumple con las exigencias de seguridad, salubridad y normativa urbanística. Es, en resumen, la llave que abre la puerta de la legalidad y la tranquilidad.

Derogaciones y modificaciones relevantes

El nuevo reglamento trae consigo un barrido normativo significativo. Deroga expresamente el Real Decreto 2267/2004, que durante más de veinte años fue el pilar de la seguridad industrial en España. Pero no se queda ahí: modifica también el Real Decreto 513/2017, regulador de las instalaciones de protección contra incendios, y el Documento Básico DB-SI del Código Técnico de la Edificación. Además, actualiza las condiciones para extintores en vehículos de transporte, un detalle que muestra hasta qué punto la norma busca abarcar todos los frentes.

Incluso enlaza con el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, aprobado en 1995, lo que pone de relieve que la seguridad contra incendios es un entramado normativo donde cada pieza encaja en un marco mayor.

Un marco legal con vocación de futuro

La inclusión de referencias al Real Decreto 355/2024, relativo a ascensores, demuestra que la intención del legislador es crear un cuerpo normativo dinámico, capaz de dialogar con la innovación tecnológica y con la transformación constante de la industria. Hoy son ascensores, mañana podrán ser sistemas de automatización o inteligencia artificial aplicada a la detección temprana de incendios.

En este sentido, la norma no se limita a regular lo que existe, sino que deja abierta la puerta a adaptaciones futuras. Porque lo único constante en el ámbito industrial es el cambio, y con él deben evolucionar también las medidas de seguridad.

Seguridad, licencias y responsabilidad

El Reglamento actualizado de protección contra incendios en industrias no es solo un texto legal: es un recordatorio de que la prevención salva vidas, de que la responsabilidad empresarial no se mide únicamente en balances económicos, y de que sin equipos de protección contra incendios en regla ni licencias de actividad al día, cualquier proyecto industrial camina sobre un terreno frágil.

Invertir en seguridad no es un gasto, sino una garantía de continuidad. Porque, como suele decirse en el mundo de la prevención, el único incendio seguro es el que nunca llega a declararse.