CONOZCA EL SIGNIFICADO DE LICENCIA DE APERTURA Y ACTIVIDAD DE UN LOCAL O NAVE INDUSTRIAL

LICENCIA DE APERTURA

LEA NUESTRA GUÍA RÁPIDA PARA CONOCER TÉRMINOS COMO LICENCIA DE APERTURA, DECLARACIÓN RESPONSABLE, ACTIVIDADES CALIFICADAS o ACTIVIDADES INOCUAS.

GUÍA RÁPIDA LICENCIAS DE APERTURA

La presente guía te servirá para realizar todos los trámites necesarios para presentar la solicitud de licencia de apertura y actividad de tu local o nave.

Esta guía se ha realizado para explicar paso a paso los pasos a seguir, pero antes de comenzar es importante que leas esta introducción que te ayudará a comprender mucho mejor algunos términos y como realizar los trámites.

Licencia de apertura y actividad de un local o nave industrial

Antes de decidirte por un local comercial, nave industrial, edificio u oficina para montar tu negocio, debes tener presente su estado de adecuación a los requisitos exigidos por el Ayuntamiento. De esta manera conoceremos el tipo de actividad que vamos a desarrollar para poder ahorrar en costes no esperados. Los requisitos de los que hablamos te los hemos resumido en un anexo para qiue lo puedas descargar e imprimir. Con este impreso debes acudir a tu Ayuntamiento y cumplimentarlo para confeccionar el proyecto técnico.La licencia de apertura o de actividad es concedida por la autoridad municipal y obligatoria para abrir un local o nave y ejercer la actividad comercial, industrial o de servicios que pretendemos. Es un documento que acredita el cumplimiento de las condiciones de seguridad y uso de la actividad a desarrollar. 

Tipos de licencias de apertura y actividad

 Las diferentes tipologías de licencias varía en función del grado de molestias, daños y riesgos a personas que puede causar la actividad a desarrollar. Se diferencian principalmente 2 tipos de actividad :
 
  • Actividades inocuas: No generan molestias significativas, con un  impacto medioambiental bajo (salubridad, higiene), y no producen daños a bienes públicos o privados ni riesgo para personas o bienes. En este epígrafe de Actividades inocuas se incluyen muchos comercios como tiendas de ropa o de alimentación y locales de oficinas para la prestación de servicios.
 
Las actividades inocuas tienen un procedimiento para su legalización sencillo, exento de determinados requisitos y un menor coste por tanto.La declaración responsable es el documento firmado por el titular del local (o  representante autorizado) en el que se acredita que se cumple con la normativa vigente acerca de la apertura de nuestro local.
La declaración responsable es un trámite sencillo y rápido, más que la solicitud de licencia de apertura ordinaria. Aún así, se hace necesaria la intervención de un ingeniero o arquitecto experto que confeccione el proyecto técnico que acredita  la idoneidad para iniciar la actividad.
 
  • Actividades calificadas: son aquellas consideradas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas (hostelería, actividades industriales, determinados comercios y servicios) y que requieren adoptar medidas correctivas sanitarias, de seguridad y/o medioambientales. Muchas de ellas sólo se pueden realizar en suelo industrial.
En el caso de las actividades calificadas es necesario aportar un proyecto técnico, más completo que permita emitir los correspondientes informes municipales, que variarán según las características y dimensión del negocio (informes urbanísticos, industriales, sanitarios, medioambientales o jurídicos). Generalmente, hay una serie de cambios que debemos hacer en un local para poder obtener la licencia de apertura o actividad.Los más comunes son los siguientes:
  • Aseos/accesibles; Comprobar la apertura de las puertas y sus dimensiones, las medidas interiores, número de aseos, posición de inodoros, altura de los mismos, ventilación existente…
  • Puertas y pasos; Ancho de las puertas existentes, ancho de los pasillos, estrangulamientos, alturas…
  • Accesos; Si existe escalón hay que comprobar la posibilidad de colocar una rampa, ancho de la puerta de acceso, si existen acristalamientos, si hay doble puerta o la posibilidad de colocarla en caso de que estemos haciendo un local ruidoso, altura para permitir ventilación al exterior, ventanas…
  • Alturas; En las zonas generales del local, en aseos, altura del forjado para comprobar si podemos colgar instalaciones…
  • Distancias; A otros locales o viviendas colindantes, distancia máxima de evacuación, ancho de las calles a las que tiene acceso el local…
  • Acabados; De suelos para cumplimiento de resbaladicidad, de techos, de paramentos verticales, en fachadas y en medianeras para poder comprobar los aislamientos acústicos existentes…
  • Instalaciones; Comprobar el cuadro general, existencia de elementos de seguridad en el cuadro, existencia de iluminación de emergencia y su estado, previsión de circuitos de emergencia en cuadro, aire acondicionado y ventilación, instalación de fontanería, desagües, colectores…
  • Insonorización: imprescindible en locales de ocio así como en los que se use maquinaria que pueda generar contaminación acústica. Para ello, se debe llevar a cabo un estudio de impacto acústico que demuestre que no se superan los niveles de ruido permitidos. (Por empresa autorizada)
  • Refrigeración: para todos aquellos locales en los que se almacene productos cuyo mantenimiento requiere de bajas temperaturas.
  • Control y liberación de gases: en todos aquellos locales donde se trate productos que generen contaminación odorífera, o que su inhalación pueda afectar a la salud.
  • Cumplimiento de la normativa de incendios: que debería acompañarse de una buena prevención de riesgos laborales, en la cual se incluye la necesidad de contar con una señalización y alumbrado de emergencias.
SOMOS  profesionales acreditados para realizar este tipo de informes y proyectos técnicos , ya que en caso de ser necesario hay que incorporar el visado del colegio profesional. dependiendo de cada Ayuntamiento.El plazo de resolución o respuesta del Ayuntamiento suele demorarse varios meses, muy a menudo incluso casi un año. Además oscila dependiendo de la carga de trabajo y del Ayuntamiento en cuestión.A menudo no sólo preparan la información técnica, sino que se trata de empresas especializadas que te pueden asesorar e incluso adaptar el local para el cumplimiento de los requisitos.El proyecto debe contemplar todas las características del establecimiento y de la actividad a desarrollar: planos de ubicación y distribución, dimensiones, reformas a realizar, instalaciones y cumplimiento de las normas aplicables.En concreto, en todas las actividades será muy importante observar todos los requerimientos de la ley de accesibilidad para personas discapacitadas y de licencias de obras en el caso de que sea necesario proceder a efectuar reformas y obras en el local.Luego están las normas aplicables para determinadas actividades, como pueden ser las de insonorización (pubs, discotecas, espectáculos, talleres, etc), higiene y manipulación de alimentos (restaurantes, bares, cafeterías, etc) o normativa en caso de incendios (alojamientos turísticos, espectáculos, actividades industriales).Y recuerda que para actividades molestas suele ser necesario el permiso de la Comunidad de vecinos y que respecto a las actividades en domicilios, ya no se suelen conceder licencias por encima del primer piso de un edificio de viviendas.
  • Tasas del Ayuntamiento: se calculan para cada local teniendo en cuenta tres factores: relevancia comercial de la calle, tamaño del local y tipo de actividad. Las tasas son lógicamente mayores para actividades calificadas y cuanto más relevante sea una calle y más grande el local. Varían de un Ayuntamiento a otro, desde una cantidad mínima en pequeños municipios a varios cientos de euros para actividades inocuas y más de mil en actividades calificadas.
Por tanto, el procedimiento habitual de solicitud de una licencia de apertura y actividad consta de los siguientes 5 pasos:
  1. Elaboración del informe o proyecto técnico de licencia de apertura y/o adecuación de local, generalmente por técnico competente acreditado (ingeniero técnico industrial, arquitecto técnico …).
  2. Visado del proyecto por el correspondiente Colegio Oficial. Conlleva el pago de unas tasas.( en caso de ser necesario ) no en todos los Ayuntamientos.
  3. Pago de las tasas municipales correspondientes, en banco o en el propio Ayuntamiento, según proceda.
  4. Presentación de la declaración responsable, Calificación ambiental y la solicitud de licencia de apertura, según sea el caso junto con el proyecto técnico y el resguardo del abono de las tasas municipales, en el registro del área competente del Ayuntamiento, generalmente urbanismo o medioambiente.
  5. Visita de técnico competente del Ayuntamiento para verificar que el local cumple lo estipulado y ratificar así la concesión de la licencia de apertura.
La Ley de Economía Sostenible, de 4 de marzo de 2011, que ya supuso un primer paso en la aceptación de la presentación de una comunicación previa de apertura al Ayuntamiento y el cumplimiento de los requisitos de la actividad, vinieron a legalizar es el “silencio administrativo” por el cual se toleraba en muchos casos la apertura una vez presentada la solicitud mientras se esperaba la respuesta municipal. lAS